Normativa de ESO y Bachillerato en la Comunitat Valenciana
Revisión documental: · Curso 2026-2027 · Fuentes oficiales BOE, DOGV y Generalitat Valenciana.
Esta guía reúne las normas autonómicas para preparar la programación, organizar la enseñanza y consultar los procedimientos académicos de ESO y Bachillerato. El marco estatal se consulta en la Ley Orgánica de Educación, el Real Decreto 217/2022 de ESO y el Real Decreto 243/2022 de Bachillerato, con sus modificaciones.
ESO: currículo y cambios de 2024
| Norma y publicación oficial | Cómo utilizarla |
|---|---|
| Decreto 107/2022, de 5 de agosto DOGV de 11/08/2022. | Norma base de ordenación y currículo. Leer con la corrección de errores de 03/11/2022 y las modificaciones posteriores. La copia inicial no ofrece por sí sola la redacción aplicable. |
| Decreto 66/2024, de 21 de junio DOGV 9878, de 26/06/2024. | Su artículo 1 y anexo I modifican materias, agrupación por ámbitos, horarios, proyectos, diversificación y documentos de evaluación del Decreto 107/2022. El artículo 2 y anexo II también modifican la Orden 19/2023. |
La agrupación por ámbitos en los tres primeros cursos es una opción del centro en el marco del artículo 11 modificado; no debe presentarse como una obligación general. Los proyectos interdisciplinarios se regulan en el artículo 15 modificado. Para horarios y optativas se consultan los artículos y anexos en la redacción del Decreto 66/2024.
Aplicación: la disposición final segunda del Decreto 66/2024 aplica su artículo 2.1 y disposición adicional primera desde 2023-2024; el resto de modificaciones, desde 2024-2025. La disposición adicional primera contiene un tratamiento específico de las calificaciones de Proyectos Interdisciplinarios cursados en 2022-2023. Estos efectos sobre expedientes anteriores deben distinguirse del currículo del curso actual.
Bachillerato: actualización de 2026 por cursos
| Norma | Cambio o función |
|---|---|
| Decreto 108/2022, de 5 de agosto DOGV de 12/08/2022. | Ordenación y currículo de la etapa, con corrección de errores de 07/11/2022. Debe leerse junto con las modificaciones que corresponden al curso concreto. |
| Resolución de 17 de noviembre de 2023 DOGV 9739, de 05/12/2023. | Sustituye el anexo VIII de actas de evaluación para reflejar la nota media normalizada, calculada sin Religión en los supuestos de concurrencia previstos por la normativa. |
| Decreto 103/2026, de 26 de junio DOGV 10396, de 02/07/2026. | Modifica artículos y anexos del Decreto 108/2022, incluidos los currículos de materias comunes y de modalidad del anexo II, optativas, tratamiento de las lenguas y aspectos de ordenación. Su entrada en vigor es el 03/07/2026; su aplicación curricular es escalonada. |
- Primero en 2026-2027: aplicar las modificaciones de ordenación académica y los currículos de primero establecidos por el Decreto 103/2026.
- Segundo en 2026-2027: mantener el currículo que corresponde a segundo hasta la implantación de sus modificaciones en 2027-2028. Esto no aplaza al mismo año los cambios generales de ordenación académica.
- Desde 2027-2028: aplicar también los nuevos currículos de segundo. Las optativas Informática y Unión Europea y la sustitución de Programación, Redes y Sistemas Informáticos deben interpretarse conforme al artículo único, los anexos y este calendario.
La referencia directa para estos plazos es la disposición final segunda del Decreto 103/2026. El catálogo de currículos de Bachillerato de la Generalitat facilita también los documentos por materia.
Evaluación, promoción y procedimientos
En ESO se aplican los capítulos I y II del título IV del Decreto 107/2022, sus modificaciones del Decreto 66/2024 y la Orden 19/2023, de 29 de junio. En Bachillerato, el título IV del Decreto 108/2022 debe leerse con las modificaciones del Decreto 103/2026 y los procedimientos de esa orden.
La Orden 19/2023 regula, entre otras cuestiones, convalidaciones y exenciones, cambios de modalidad o vía, programas pedagógicos, documentos y los regímenes nocturno y a distancia. Sus artículos 26 y 41, disposición adicional sexta y varios anexos fueron modificados por el Decreto 66/2024: para esos trámites hay que utilizar la versión resultante.
Las reclamaciones de calificaciones y decisiones académicas se encauzan por la Orden 32/2011, de 20 de diciembre, con las precisiones de la disposición adicional primera de la Orden 19/2023. La ficha oficial del procedimiento de reclamación permite consultar los trámites y órganos competentes.
Organización del centro y programación
El Decreto 252/2019, de 29 de noviembre, regula la organización y el funcionamiento de los centros públicos de ESO, Bachillerato y FP. Su aplicación se completa con las instrucciones anuales; la coordinación de bienestar y protección incorpora el cambio de denominación de la disposición final segunda del Decreto 193/2025.
Las instrucciones de 2026-2027, apartados 1.2.5 y 4.2.2.1.b-c, distinguen la concreción curricular del centro, la propuesta pedagógica de departamento y las programaciones de aula. Estas se adaptan al grupo e incluyen situaciones de aprendizaje, criterios de evaluación asociados, espacios, tiempos, recursos y medidas de inclusión; Bachillerato incluye también instrumentos y registros de evaluación.
Para primero de Bachillerato, el apartado 4.2.2.1.c.6 permite elaborar la programación a lo largo de 2026-2027 y exige entregar a dirección, a finales de octubre, un esquema básico con los elementos fundamentales. En segundo, permite conservar con carácter general la del curso anterior actualizando los elementos mínimos esenciales, antes de rehacerla para el nuevo currículo de 2027-2028.
La respuesta inclusiva se apoya en el Decreto 104/2018 y la Orden 20/2019, modificada por la disposición final primera de la Orden 10/2023. La orientación se regula por el Decreto 72/2021 y la Orden 10/2023, con las modificaciones de orientación introducidas por el Decreto 193/2025.
Lenguas de enseñanza
La Ley 1/2024, de 27 de junio, de libertad educativa derogó la Ley 4/2018. Su título I se aplica en ESO y Bachillerato desde 2025-2026. Los artículos 7 y 12 distinguen las zonas de predominio lingüístico; el artículo 9 regula la elección y la distribución de lengua base, con reglas específicas para Bachillerato. El artículo 14 regula exenciones y el artículo 21 el uso no curricular de las lenguas.
La Orden 2/2025, de 7 de febrero, regula la consulta de lengua base aplicable desde 2025-2026. Sus efectos sobre la configuración de grupos se recogen en el apartado 3.3.2 de las instrucciones 2026-2027. La lengua de una materia y las exenciones deben comprobarse en la situación concreta del alumnado y del centro.
Convivencia: sustitución de 2022 y modificación de agosto de 2026
El Decreto 193/2025, de 12 de diciembre, está en vigor desde el 7 de enero de 2026 y deroga el Decreto 195/2022. Regula el marco de convivencia y los derechos y deberes de la comunidad educativa; debe incorporarse al trabajo sobre el plan de convivencia y las normas de organización y funcionamiento.
La Ley 5/2026, de 31 de julio, vigente desde el 11/08/2026, añade mediante sus artículos 156 y 157 los apartados 32.5, 25.1.r y 30.2.e al Decreto 193/2025. Afectan a deberes de neutralidad de los responsables del centro y a la regulación de la cobertura del rostro, con las excepciones médicas y actividades autorizadas previstas por la ley. Son cambios posteriores a las instrucciones publicadas en julio.
La disposición transitoria primera del Decreto 193/2025 mantiene las disposiciones sobre protocolos de violencia escolar de la Orden 62/2014 hasta su desarrollo. La segunda conserva la tramitación de los procedimientos iniciados con anterioridad según su normativa de origen, con la salvedad de la aplicación más favorable que prevé. La derogación del Decreto 195/2022 no elimina estas reglas transitorias.
Fuentes específicas del curso 2026-2027
- Resolución de 15 de julio de 2026, DOGV 10407 de 17/07/2026: instrucciones de organización y funcionamiento de ESO y Bachillerato. Apartado 7.1 para ESO, 7.2 para Bachillerato y 8 para alumnado.
- Resolución de 15 de junio de 2026, DOGV 10387 de 18/06/2026: calendario escolar. Para ESO y Bachillerato fija las actividades entre el 9 de septiembre de 2026 y el 18 de junio de 2027, con las adaptaciones autorizadas de centro o localidad y las previsiones de evaluación de segundo de Bachillerato.
Las instrucciones de un curso anterior permanecen como antecedentes de ese año, sin sustituir a las aprobadas para 2026-2027. Para plantillas, admisión, pruebas, simultaneidad de estudios y medidas individuales se consulta además la regulación específica identificada en los apartados correspondientes de las instrucciones.
Archivo documental y normas anteriores
Se conservan los PDF originales de ESO y Bachillerato de agosto de 2022 como versiones iniciales. Para su utilización actual deben integrarse las correcciones, modificaciones y calendarios de esta guía.
La Orden 19/2023 derogó, entre otras disposiciones, la Orden 71/2010 sobre convalidaciones y las órdenes de optativas de ESO de 27/05/2008 y Bachillerato de 17/06/2009. Las reglas de implantación inicial de 2022-2023 no son el calendario general de 2026-2027. La Ley 4/2018 sobre plurilingüismo y el Decreto 195/2022 sobre convivencia se identifican aquí como antecedentes sustituidos.
Alcance de la revisión: ordenación general, currículo, evaluación y procedimientos, organización, inclusión, lenguas y convivencia de ESO y Bachillerato en la Comunitat Valenciana. Esta guía presenta una lectura coordinada de las publicaciones oficiales; las tablas no son una reproducción consolidada de todos los anexos de cada materia. Para aplicar una competencia o criterio concreto, abre el anexo oficial del curso correspondiente.
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